La actual situación económica que parece conducirnos peligrosamente a una crisis incontrolable, compleja y generalizada, tiene su origen en la política estatista vigente, que al concentrar las estrategias de crecimiento únicamente en la inversión pública, limitó la expansión del sector privado y trabó el avance de los mecanismos naturales que hubieran generado las condiciones para alcanzar mayor diversificación, ingresos sostenibles y un desarrollo más eficiente. Uno de los mecanismos de gestión desechados por la política económica, fueron precisamente las alianzas público privadas (APP).
Definidas como un acuerdo voluntario que combina inversión, riesgos y utilidades, en el que parte de los servicios que tradicionalmente son responsabilidad del sector público es suministrada por el sector privado, y que se crea para optimizar la asignación de recursos, la obtención de resultados mutuamente beneficiosos y la sostenibilidad, las APP se han convertido en una de las formas más eficientes de gestión y de canalización de inversión privada, especialmente en las áreas de infraestructura y servicios públicos.El éxito de las APP ha propiciado su inclusión en el ODS N° 17, una de cuyas metas es “Fomentar y promover la constitución de alianzas eficaces en las esferas pública, público-privada y de la sociedad civil”. La propia CAF considera que “representan una buena herramienta para mantener el ritmo de inversión en proyectos de infraestructura y desarrollo, por sus ventajas en la atracción de fondos adicionales para los gobiernos y la incorporación de conocimiento técnico y gerencial del sector privado que aporta valor agregado y mayor eficiencia técnica”.
Todos los países de Sudamérica, excepto Bolivia y Venezuela, tienen una Ley de Alianzas Público Privadas. En el caso de nuestra legislación, aunque existen menciones genéricas a esta modalidad en la Ley de Promoción de Inversiones, la Ley de Empresas Públicas y el Decreto 3469 (donde se las llama Alianzas Estratégicas de Inversión Conjunta), estas normas dejan claramente establecida la supremaçía de la decisión, gestión, administración y arbitraje por parte del Estado, y que cualquier derecho real y expectaticio de los privados en esta modalidad es relativo y limitado. Huelga señalar que el DS 3469 y la Ley 516 no tienen reglamento, y que su contenido es tan ambiguo y desventajosos que no ha generado ningún interés en las empresas por utilizar las APP bajo esas condiciones.
Adicionalmente, las opciones de APP que permite la ley boliviana, solo incluyen los niveles contributivos u operacionales, en los que el sector privado solo cumple roles de financiador o prestador de servicios, excluyéndose al modelo participativo, donde el empresario, además interviene en la toma de decisiones. Algunos gobiernos departamentales y municipales han promulgado leyes de APP e intentan implementar acuerdos con esta modalidad, sin embargo, la ausencia de una norma nacional y la escasa institucionalidad, hacen poco atractivo y confiable para las empresas, asumir un riesgo de invertir capitales importantes bajo en este mecanismo.
Un estudio de la CEPAL publicado en 2020, realizado sobre 500 casos en la región, identificó que bajo la modalidad de contratos en obras públicas operados por los gobiernos, el 85% mostraban sobreprecio de hasta el 150% respecto a los costos originales y un retraso de alrededor del 92% en promedio; mientras que bajo el esquema de las APP los montos adicionales eran del 21% y los retrasos del 26% en relación con los contratos pactados.
Basta hacer un análisis superficial sobre el estado de las carreteras, la calidad de las obras públicas o analizar la causa de tragedias como las del puente Rapulo, para concluir que, en Bolivia, prima el modelo estatista de gestión de obras y servicios públicos.
Es evidente que, al excluir al sector empresarial, el modelo económico no solo se privó de una columna esencial de la estabilidad, sino que fortaleció los hábitos que resultaron en altos niveles de ineficiencia, poca transparencia y desorden en la provisión de infraestructura y servicios públicos.
La crisis económica inminente ha reactivado el debate sobre la necesidad de reordenar la economía y devolver su rol al sector privado. Es importante que en este objetivo se restituyan mecanismos como las APP, que han demostrado ser idóneos y eficientes cuando se implementan en países con institucionalidad sólida y normativa clara, donde se respete la propiedad privada y la libertad de empresa, y donde se priorice la eficiencia y la transparencia sobre la política.
eju.tv
Alianzas público privadas imposibles en Bolivia
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