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Sáb, Jun

Gobierno busca monopolizar la producción de alimentos y desplazar a privados

ECONOMIA
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El Proyecto de Ley para la creación de la Corporación de Alimentos del Estado Plurinacional de Bolivia busca el monopolio de la producción de alimentos y desplazar a los empresarios privados de la agroindustria, así como a las pequeñas unidades económicas y evitar el control del gasto público al evadir la Ley Safco.

Presentaron al Senado el Proyecto de “Ley de Desarrollo Empresarial Productivo Territorial con Industrialización para Vivir Bien” con el objetivo de crear empresas públicas municipales para operar en toda la cadena productiva.

El documento señala que la Corporación Plurinacional de Alimentos de Bolivia estará compuesta por: Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados (EBA); Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa); Empresa Estratégica de Producción de Semillas (EEPS) y Empresa Estratégica de Producción de Abonos y Fertilizantes (Eepaf) y las Empresas Productivas Municipales creadas como Sociedades Anónimas, serán subsidiarias de la Corporación.

Ante ese escenario, observan que se crea una relación directa de provisión entre la Empresa Productiva Municipal y la Corporación, bajo el requerimiento que haga esta Corporación, es decir un clientelismo directo de yo te vendo y tú me compras, afectando claramente la competencia de otras empresas proveedoras que podrían también venderle sus requerimientos a esa Corporación.

Personas que hicieron las observaciones indican que la experiencia muestra un fracaso de la administración de empresas por el Gobierno, por ejemplo, en el caso de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), que se hizo cargo de toda la cadena hidrocarburífera, pero al final no pudo con todo, poca inversión en exploración sin resultados positivos y los contratos con empresas privadas solo se limitaron a la explotación.

Eso no sería todo, pues el economista Julio Linares, en sus redes sociales, señala que el 70% de las empresas públicas enfrentan déficits; el analista financiero Jaime Dunn dijo que las mismas funcionan con financiamiento del Estado y no son autosostenibles.

A eso añaden que no hubo industrialización, por eso la falta de gasolina y diésel que obligaron bajo presión a tener que liberar las importaciones. Por todo ello, apuntan que la Corporación centralizada no podrá atender toda la cadena de producción, comercialización, exportación, etc., de alimentos, aparte que limita la exportación de bienes por parte de la Empresa Privada por generar un monopolio.

Sin embargo, el proyecto de Ley evade el control del uso de los recursos públicos bajo la figura de Sociedad Anónima, la Contraloría no podrá realizar auditorías del uso de los recursos públicos, toda vez que dicha Empresa Subsidiaria sería una Sociedad Anónima, que al final es lo que se quiere evitar bajo la figura de gestión empresarial y que la Ley 1178  Ley de Administración y Control Gubernamentales (Safco) no permitiría la eficiencia empresarial, argumentan el proyecto.

Asimismo, sostienen que no se puede dejar de lado el hecho de que son recursos públicos y tienen que ser sujeto a control.

Para avanzar en la consolidación del control y el monopolio, el Proyecto de Ley plantea la creación de un fideicomiso de 150 millones de bolivianos, destinados al capital de trabajo de las Empresas Filiales y Subsidiarias de la Corporación, con Recursos del Tesoro General del Estado (TGE).

A eso se añade que los trabajadores y trabajadoras de la Corporación Plurinacional de Alimentos se encuentran bajo el régimen y aplicación de la Ley General del Trabajo, su reglamento y disposiciones conexas y complementarias.

Además, el proyecto establece que la Corporación Plurinacional de Alimentos podrá crear filiales y subsidiarias en el territorio nacional y en el extranjero de acuerdo a su giro empresarial, tendrá como empresas subsidiarias a las empresas productivas de las entidades territoriales autónomas.

Contratación directa

El proyecto de Ley autoriza a la Corporación Plurinacional de Alimentos y a sus Empresas Filiales y Subsidiarias a realizar contrataciones directas o por comparación de ofertas de bienes, obras y servicios especializados en territorio nacional, así como en el extranjero cuando estos no estén disponibles en el mercado nacional o no se puedan recibir ofertas en el país, o la contratación de éstos sea del mayor beneficio económico para la entidad.

Esa situación abre las puertas a la corrupción, tal como sucedió con YPFB, cuando se le autorizó la contratación directa, y por ello observan, está disposición y por qué quieren evadir la Ley Safco, las contrataciones por más tiempo que tomen tienen que ser sujetas a la normativa del Sistema de Contratación de Bienes y Servicios, sea mediante Licitación Pública, Excepción, respetando los plazos que ello implica, porque son recursos públicos.

Empresas públicas

El Proyecto de Ley plantea la creación de Empresas Públicas Municipales, en el marco de la normativa vigente establecida en la Constitución Política del Estado (CPE), Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, Ley de la Empresa Pública (aunque ésta no rige para los niveles Subnacionales, solo para el Nivel Central), Ley de Promoción de Inversiones, Ley Básica de Relacionamiento Internacional de las Entidades Territoriales Autónomas, principalmente.

El Proyecto de Ley además indica que “la naturaleza jurídica de las empresas productivas de las entidades territoriales autónomas, como empresas mixtas con participación societaria entre las entidades territoriales autónomas, organizaciones productivas comunitarias e inversionistas nacionales y/o extranjeros, según corresponda, deben habilitarse en el Registro de Comercio como Sociedades Anónimas (S.A.) de conformidad al código de Comercio”.

Si bien los Gobiernos Autónomos Municipales pueden crear Empresas Públicas, deben hacerlo en el marco de sus competencias tal como lo establece la Constitución Política del Estado y la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales y pueden efectivamente participar en las Empresas Públicas creadas por otros niveles de gobierno, pero no pueden conformar Sociedades Anónimas, toda vez que son instituciones de naturaleza jurídica públicas, que utilizan recursos públicos, por lo tanto, no puede invertirlos en Sociedades Anónimas porque no tienen un carácter privado, menos conformar dicha Empresa Pública con inversionistas privados y/o extranjeros, precisamente por su naturaleza jurídica pública, en el caso del Nivel Central del Estado sí se puede, la Ley No. 466 detalla y autoriza esa situación.

 

 


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